La
ley Sinde se encuentra dentro del plan de economía sostenible
aprobado el 27 de Noviembre de 2009 y se estipula la regulación
de webs y la protección de la propiedad intelectual, es decir
controlar y retirar los archivos que se encuentren en la red y que
tengan derechos de autor.
Fue
propuesta para ley durante la anterior legislatura por la ministra
Sinde y aprobada en la actual por el ministro Wert, de ahí que se la
conozca como la ley Sinde-Wert.
Esta
ley controlará todos aquellos sitios webs que tengan material de
dudosa procedencia refiriéndose a que sea posible que tengan
copyright, para su futura retirada de Internet.
Dicha
ley ha sido muy controvertida debido a que miles de usuarios se han
manifestado en contra de esta ley, ya que privan sus derechos de
acceso a películas, series, libros... No solo los usuarios de estas
páginas web se han maanifestado en contra de esta ley si no tambien
muchos artistas. Algunos de estos han decidido poner su contenido en
internet por iniciativa propia para así mostrar su oposición a la
ley.
La
creación de esta ley también ha llevado a la creación del
movimiento anonymous, que aunque comenzó en Estados Unidos ha
acabado exportándose a España. Algunos de los movimientos más
importantes que realizó el movimiento fue la paralización de la
página web del Ministerio de Cultura, y también la aparición de un
espontáneo con la famosa máscara de V de Vendetta, en la gala de
los premios Goya celebrada en Febrero.
Se han creado muchos movimientos de protesta contra esta ley, y la han denominado como una ley que priva a las personas de una propiedad pública a la que todos deberíamos tener la posibilidad de acceder.
El
proceso mediante el cual se llevará a cabo el cierre de webs será
el siguiente:
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Cuando la Comisión de Propiedad Intelectual reciba una denuncia, "el
prestador de servicios de la sociedad de la información deberá ser
requerido a fin de que en un plazo no superior a las 48 horas pueda
proceder a la retirada voluntaria de los contenidos declarados
infractores", según la enmienda.
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Una vez terminado el plazo anterior "se practicará prueba en
dos días y se dará traslado a los interesados para conclusiones en
plazo máximo de cinco días. La Comisión en el plazo máximo de
tres días dictará resolución. La retirada voluntaria de los
contenidos pondrá fin al procedimiento".
-
"En el plazo de 24 horas siguientes a la petición y, previa
audiencia del ministerio fiscal, dictará resolución autorizando la
solicitud efectuada siempre que no resulte afectado el artículo 18,
apartados 1 y 3, de la Constitución".
-
La comisión puede decidir entonces el cierre de una web. "En el
plazo improrrogable de dos días siguientes a la recepción de la
notificación de la resolución de la Comisión", explica la
enmienda, "el juzgado convocará al representante legal de la
Administración, al ministerio fiscal y a los titulares de los
derechos y libertades afectados o a la persona que estos designen
como representante a una audiencia, en la que, de manera
contradictoria, el juzgado oirá a todos los personados y resolverá
en el plazo improrrogable de dos días mediante auto. La decisión
que se adopte únicamente podrá autorizar o denegar la ejecución de
la medida".
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Cuando se requiera información sobre el titular de la web u otros
asuntos sujetos a confidencialidad, se tendrá que buscar la
intervención de un juez para aportar mayores garantías al proceso.
Borja Rodrigo Ríos